Comprender las implicaciones fiscales y las obligaciones de presentación de EE. UU.
Introducción
La Visa F es una visa de estudiante no inmigrante que permite a los estudiantes internacionales realizar estudios académicos y programas de capacitación en idiomas en los Estados Unidos. Las personas con estatus Visa F y Visa F OPT en los Estados Unidos están sujetas a regulaciones y obligaciones fiscales específicas. Comprender estas implicaciones es esencial para el cumplimiento y la planificación financiera eficaz. Este documento proporciona una discusión en profundidad sobre las implicaciones fiscales de los EE. UU. y las obligaciones de presentación asociadas con la Visa F y el estado de Visa F OPT.
Estatus de la Visa F
Estatus Académico
Los titulares de una Visa F deben mantener la inscripción a tiempo completo en sus instituciones educativas para cumplir con el estado de la visa.
Estado de residencia fiscal
Para fines fiscales, los titulares de la visa F generalmente se clasifican como extranjeros no residentes durante sus primeros cinco años en los Estados Unidos. Esta clasificación es crucial, ya que determina el tratamiento fiscal y las obligaciones de presentación de la persona.
Renta imponible
Los extranjeros no residentes están sujetos a impuestos de los EE. UU. solo sobre sus ingresos de fuentes estadounidenses. Ejemplos comunes de ingresos imponibles para los titulares de la Visa F incluyen:
- Salarios del empleo en el campus
- Salarios de empleo autorizado fuera del campus (con la autorización de trabajo adecuada)
- Becas y subvenciones que exceden la matrícula y las tarifas
Exenciones y Tratados Tributarios
Muchos titulares de visas F pueden beneficiarse de exenciones fiscales y disposiciones de tratados disponibles entre los Estados Unidos y sus países de origen. Estos tratados pueden reducir o eliminar los impuestos sobre ciertos tipos de ingresos, como las becas y los salarios. Es esencial que los titulares de la Visa F revisen las disposiciones específicas de cualquier tratado fiscal aplicable.
Obligaciones de presentación
Los extranjeros no residentes con ingresos de fuente estadounidense deben presentar el Formulario 1040-NR, Declaración de impuestos sobre la renta de extranjeros no residentes de EE. UU. Además, los titulares de la Visa F deben presentar el Formulario 8843, Declaración para Personas Exentas y Personas con una Condición Médica, independientemente de si tienen ingresos o no. Este formulario establece el estatus de extranjero no residente de la persona y proporciona información sobre su visa y la duración de su estadía.
Estatus de OPT de la Visa F
Visión general
La Capacitación Práctica Opcional (OPT) permite a los titulares de la Visa F obtener experiencia laboral práctica en su campo de estudio durante un máximo de 12 meses (o 24 meses para las carreras STEM) después de completar sus programas académicos. OPT es una extensión del estatus de la Visa F y viene con sus propias implicaciones fiscales y requisitos de presentación.
Estado de residencia fiscal durante OPT
Durante el OPT, el estado de residencia fiscal de la persona puede cambiar en función de la prueba de presencia sustancial. Si la persona cumple con los criterios de la prueba de presencia sustancial, puede ser considerada un extranjero residente a efectos fiscales, lo que resulta en diferentes obligaciones de tratamiento fiscal y presentación.
Prueba de presencia sustancial
La prueba de presencia sustancial determina el estado de residencia en función de la cantidad de días que se pasó en los Estados Unidos. Para ser considerado un extranjero residente, una persona debe estar físicamente presente en los EE. UU. durante al menos:
- 31 días durante el año en curso, y
- 183 días durante el año en curso y los dos años anteriores, según un cálculo específico: todos los días del año en curso, un tercio de los días del primer año anterior y un sexto de los días del segundo año anterior.
Ingresos imponibles durante el OPT
Al igual que el estatus de la Visa F, los extranjeros no residentes en OPT pagan impuestos solo sobre sus ingresos de fuente estadounidense. Sin embargo, si la prueba de presencia sustancial clasifica a un individuo como extranjero residente, está sujeto a impuestos de los EE. UU. sobre sus ingresos mundiales.
Retención de Impuestos e Impuestos FICA
Los extranjeros no residentes en OPT generalmente están exentos de los impuestos del Seguro Social y Medicare (FICA). Los extranjeros residentes, por otro lado, están sujetos a los impuestos FICA. Es importante que los empleadores y empleados determinen y apliquen correctamente la retención de impuestos adecuada en función del estado de residencia fiscal de la persona.
Obligaciones de presentación durante OPT
Los extranjeros no residentes en OPT deben presentar el Formulario 1040-NR si tienen ingresos de fuente estadounidense. Los extranjeros residentes deben presentar el Formulario 1040, Declaración de Impuestos sobre la Renta Personal de EE. UU., Declarando sus ingresos mundiales. En ambos casos, las personas también deben presentar el Formulario 8843 para documentar el estado de su visa y la duración de su estadía.
Tratados y exenciones fiscales
Los tratados fiscales entre los Estados Unidos y otros países pueden proporcionar exenciones o reducciones en la obligación tributaria para ciertos tipos de ingresos obtenidos durante el TPO. Es crucial que las personas revisen las disposiciones específicas de cualquier tratado fiscal aplicable y reclamen los beneficios en sus declaraciones de impuestos.
Conclusión
Navegar por las implicaciones fiscales de los EE. UU. y las obligaciones de presentación para el estado de Visa F y Visa F OPT requiere una comprensión clara del estado de residencia, las fuentes de ingresos y los tratados fiscales aplicables. El cumplimiento de las regulaciones fiscales garantiza el cumplimiento y la gestión financiera óptima para los estudiantes y graduados internacionales que buscan capacitación práctica en los Estados Unidos.
Para obtener asesoramiento y asistencia personalizados, se recomienda a las personas que consulten a un profesional de impuestos especializado en asuntos fiscales internacionales y de no residentes, como Mowery & Schoenfeld International Tax.